Derecho de Familia
El derecho laboral o derecho del trabajo o derecho social es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tiene por objeto la tutela del trabajo humano realizado bajo el vinculo de subordinación y dependencia, el cual implica obligaciones y derechos recíprocos entre trabajador y empleador.
Cuando una persona es desvinculada de su trabajo, se debe realizar por medio de la entrega de una carta, en la misma se deben exponer los motivos de dicho despido.
Cuando los motivos del despido o causal invocada no son verdaderos, el trabajador tiene derecho a presentar una demanda ante un Juzgado del Trabajo, de manera que el ex empleador tendrá que acreditar la veracidad de la causal señalada.
En caso de acreditarse a través de una sentencia que la causal invocada no era verdadera, el trabajador tendrá derecho al pago de una indemnización legal, además de recargos por la infracción cometida por su ex empleador.
Para realizar esta demanda solo se tiene un plazo de 60 días contados desde la fecha del despido.
En caso que no se me entregue carta y el despido sea verbal, también estamos en presencia de un despido injustificado o carente de causa legal.
Cuando el trabajador decide colocar termino a su contrato de trabajo motivado por infracciones o abusos cometidos por parte de su empleador que no hacen viable continuar con la relación laboral.
Es distinto a una renuncia.
En el despido indirecto el trabajador debe hacer una carta detallando cada una de las infracciones cometidas por el empleador que motivan su decisión de poner término al contrato. Estas infracciones serian por ejemplo, no pago de remuneraciones en tiempo y forma, no pago de cotizaciones, no entregar al trabajador un determinado espacio o herramientas de trabajo entre otros.
Se sugiere siempre antes de tomar la decisión del autodespido consultar con un abogado.
Con la acción de despido indirecto o autodespido el trabajador lograra que se le pague su indemnización legal (años de servicio) y puede demandar también recargos.
En caso de ser despedido por necesidades de la Empresa el trabajador puede demandar ante un Juzgado del Trabajo, cuando se tiene conocimiento que la “necesidad no es real”. Generalmente las Empresas deciden poner término al contrato señalando “baja de ventas o malas condiciones del mercado”, cuando esto no es real se puede demandar. El trabajador tendrá derecho al pago de sus indemnizaciones aumentadas en un 30% por ciento.
Cuando el trabajador es desvinculado, pero tiene sus cotizaciones impagas ese despido puede ser declarado nulo por parte de un Juez del Trabajo. Eso significa que el trabajador tendrá derecho a reclamar sus indemnizaciones y los meses de remuneración por el tiempo que se mantuvo separado de funciones.
El desafuero se solicita cuando se quiere despedir a una trabajadora embarazada, que como sabemos y según el artículo 201 del Código del Trabajo goza de fuero durante el período de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad. El desafuero maternal se materializa mediante la acción que tiene la empresa para poner término al contrato de la trabajadora embarazada. Esta se debe ejercer ante un Juzgado del Trabajo.
Una trabajadora embarazada (y por tanto con fuero maternal) que es despedida, sin mediar autorización judicial, el inciso 4° del artículo 201 del Código del Trabajo establece que la medida quedará sin efecto, y la trabajadora volverá a su trabajo, para la cual sólo bastará la presentación del correspondiente certificado médico o de matrona, agregando que la afectada deberá hacer efectivo este derecho dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde el despido.
Si la mujer protegida por el fuero maternal es despedida sin autorización de un juez, debe ir a la Inspección del Trabajo más cercana y exigir que un inspector vaya a la empresa y reclame su reincorporación. Si el empleador se niega a reincorporarla, debe demandar ante el juez para que se le reincorpore.
Todo trabajador cuyos derechos fundamentales están siendo vulnerados puede iniciar un proceso judicial ante un Juzgado del trabajo. Estos son derechos que están reconocidos y amparados en la Constitución Política y en materia laboral en el Código del Trabajo.
Los derechos fundamentales, son tales como derecho a la vida, integridad física y psicológica, respeto y promoción a la vida privada, entre otros.